Ir al contenido

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO Y CONTRATACIÓN

Última actualización: 26 de octubre de 2026.

1. Información Legal y Aceptación

Los presentes Términos y Condiciones regulan el uso de los sitios web www.evaemergencias.com.ar, así como la contratación de servicios veterinarios presenciales en sus consultorios de Gobernador Paz 1014 de la ciudad de Ushuaia y planes de cobertura ofrecidos por EVA EMERGENCIAS S. A. S., CUIT N° 33-71933795-9, con domicilio legal en la calle Tekenika 407, Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (en adelante, la "Prestadora"). Al utilizar estas plataformas o requerir nuestros servicios veterinarios, el usuario (en adelante, el "Cliente") acepta íntegramente las presentes disposiciones.

2. Planes de Suscripción

2.1. Definiciones

A los fines de estos Términos y Condiciones, los términos que se indican a continuación tendrán el siguiente significado:

  • Animal de Compañía, Animal o Animales: todo perro o gato que conviva con el Cliente, destinado a compañía y afecto, y que se encuentre debidamente registrado conforme las condiciones establecidas en el presente contrato, quedando expresamente excluidos otros animales distintos de los aquí mencionados.
  • Urgencia y/o Urgencia veterinaria: toda situación clínica que requiera atención veterinaria dentro del Horario de Prestación del Servicio, sin que exista riesgo vital inmediato para el Animal de Compañía.
  • Emergencia y/o Emergencia veterinaria: toda situación clínica que comprometa gravemente la vida o la salud del Animal de Compañía y que requiera asistencia veterinaria inmediata.
  • Servicio: el conjunto de prestaciones de atención veterinaria para urgencias y emergencias veterinarias que la Prestadora esté en condiciones de realizar en su establecimiento, conforme las condiciones, alcances, días y horarios establecidos en el presente contrato.
  • Horario de Prestación del Servicio: los días y horarios en los cuales la Prestadora presta el Servicio, conforme lo establecido en la cláusula primera del presente contrato, incluyendo las eventuales modificaciones debidamente notificadas al Cliente.
  • Suspensión del Servicio: la interrupción temporal de la vigencia del Servicio como consecuencia del incumplimiento de obligaciones contractuales por parte del Cliente, en especial la falta de pago en término, durante la cual no existe obligación alguna de prestación por parte de la Prestadora.
  • Historia Clínica Veterinaria: el registro confeccionado por la Prestadora respecto de cada Animal de Compañía atendido, en el que se consignan los datos relevantes de la urgencia o emergencia, las prácticas realizadas y las indicaciones brindadas al momento de la atención, con el alcance limitado previsto en el presente contrato.
  • Fecha de Activación: es la fecha fija a partir de la cual el Animal de Compañía registrado goza efectivamente de los beneficios, coberturas y prestaciones del Servicio, siempre y cuando el Cliente haya efectuado los pagos mensuales en tiempo y forma, cumplido con la entrega completa de toda la información, fotos y documentación solicitada por la Prestadora. Con anterioridad a dicha fecha o en ausencia de la documentación obligatoria, no existirá obligación de atención, prestación ni cobertura por parte de la Prestadora.
  • Cirugía compleja: toda intervención quirúrgica que, conforme criterio veterinario razonable, requiera anestesia general, equipamiento especializado y/o riesgo quirúrgico elevado, excluyéndose las prácticas menores o ambulatorias.

2.2. Objeto

2.2.1. Plan de Cobertura. El Cliente podrá suscribir uno o más Animales de Compañía bajo el presente contrato. El Plan de Suscripción asignado a cada animal, con sus respectivas particularidades, valor de cuota y fechas de alta, quedará expresamente registrado en su correspondiente Anexo de Datos de Animal de Compañía y Plan de Cobertura.

2.2.2. Oferta Prestacional. A fin de garantizar el derecho a la información del Cliente y transparentar el alcance de cada opción, se detallan lo beneficios de cada plan en la sección de Planes de nuestra plataforma web. Todos los porcentajes indicados en cada plan representan el porcentaje sobre el precio de lista al momento de la atención que es cubierto por la Prestadora y que el Cliente no deberá abonar. Todas las coberturas aplican únicamente en situaciones de Urgencia o Emergencia, a excepción del control médico cuya cobertura solamente aplica para controles veterinarios derivados de una situación de Urgencia o Emergencia atendido por EVA EMERGENCIAS S.A.S. y cuyo control haya sido prescripto por un veterinario de EVA EMERGENCIAS S.A.S. Las coberturas ofrecidas no incluyen ni Medicación ni Insumos y descartables en patologías convulsivas o de obstrucción urinaria.

2.2.3. La Prestadora se reserva el derecho de modificar cualquiera de las coberturas indicadas en el inciso anterior con un preaviso no menor a 30 días corridos.

2.2.4. La Prestadora se obliga a brindar al Cliente un servicio de atención veterinaria para urgencias y emergencias por medio de profesionales veterinarios debidamente habilitados en la jurisdicción, exclusivamente para animales debidamente registrados, conforme las definiciones, condiciones, días y horarios establecidos en el presente contrato.

2.2.5. El servicio comprende aquellas situaciones que califiquen como urgencias o emergencias veterinarias, quedando expresamente excluidas del presente contrato las atenciones de rutina, internaciones, controles periódicos, consultas programadas, vacunaciones, castraciones y cualquier otra prestación que no revista carácter urgente o emergente.

2.2.6. Cuando la situación clínica del animal lo requiera, el servicio podrá, a exclusivo criterio del profesional veterinario, ordenar y/o realizar estudios clínicos, diagnósticos por imágenes u otras intervenciones, siempre que dichas prestaciones se encuentren directamente vinculadas a la urgencia o emergencia que motivó la atención y se desarrollen dentro del ámbito operativo y horarios de la Prestadora, quedando estos requerimientos a exclusivo cargo del Cliente.

2.2.7. El servicio se prestará en forma presencial y exclusivamente dentro del ámbito operativo de la Prestadora, en los siguientes días y horarios:

  • Lunes a sábado: de 21:00 a 09:00 hs del día siguiente.
  • Domingos y feriados nacionales y provinciales: de 09:00 a 21:00 hs, además del horario nocturno.

El Cliente reconoce y acepta que el servicio no garantiza atención inmediata, sino que la misma se brindará según disponibilidad operativa, priorizándose los casos conforme criterios médicos y de gravedad.

Se deja expresa constancia que la cobertura de los Planes de Suscripción contratados por el Cliente, solo tienen vigencia dentro de los horarios indicados en este inciso. La apertura del local u otros servicios de atención que ofrezca la Prestadora en un horario distinto al indicado, no obliga a la Prestadora a cumplir con las prestaciones de los Planes de Suscripción en esos horarios.

2.2.8. Modificación de horarios. Los días y horarios de atención aquí establecidos constituyen las condiciones ordinarias de prestación del servicio. La Prestadora podrá modificarlos por razones operativas, técnicas, de reorganización del servicio, fuerza mayor o caso fortuito, debiendo informar dicha modificación al Cliente en forma previa y por los medios habituales de comunicación. Las modificaciones entrarán en vigencia a partir del período mensual siguiente al de su notificación y no afectarán las prestaciones ya devengadas ni los derechos del Cliente respecto del período en curso.

2.3. Precio y Forma de Pago

2.3.1. El Cliente abonará a la Prestadora una cuota mensual fija, cuyo valor se establece en la sumatoria de los importes mensuales de los planes contratados, y se obliga a mantener el servicio por un plazo mínimo de tres meses.

2.3.2. El pago de la cuota deberá realizarse por adelantado, con vencimiento fijado en cada mes en el mismo número de día al de la emisión de la primera factura, y se efectuará mediante débito automático en tarjeta de crédito, tarjeta de débito, caja de ahorro o mediante transferencia bancaria, conforme la modalidad acordada al momento de la contratación.

2.3.3. El pago de la cuota constituye condición esencial para la vigencia del servicio. La falta de pago a la fecha del vencimiento producirá la suspensión automática del servicio, sin necesidad de interpelación previa, no existiendo cobertura ni obligación de prestación alguna a cargo de la Prestadora mientras subsista la mora. El servicio se reanudará una vez regularizada la deuda, sin efectos retroactivos. El Cliente reconoce y acepta que la ocurrencia de una urgencia o emergencia durante un período de suspensión por falta de pago no genera derecho a cobertura ni reintegro alguno. La cuota mensual no será prorrateada en caso de altas o bajas que se produzcan durante el mes en curso.

2.3.4. En caso de registrarse más de un animal bajo un mismo contrato, la Prestadora podrá aplicar una bonificación o reducción en el valor de la cuota, conforme las condiciones comerciales vigentes al momento de la contratación o renovación. Dicha bonificación no será automática, no constituye un derecho adquirido para el Cliente y deberá constar expresamente en el presente contrato, en un anexo o en la comunicación de aceptación del servicio.

2.3.5. El valor de la cuota mensual de todos los planes de suscripción se actualizará en forma trimestral aplicando la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nivel General publicado por el INDEC. La actualización del valor de la cuota mensual impactará en las cuotas cuya fecha de vencimiento esté en el mes de marzo, junio, septiembre y diciembre. El cálculo de la actualización se determinará multiplicando el valor de la cuota vigente por el coeficiente resultante de la inflación acumulada de los últimos tres (3) meses con índices oficiales publicados por el INDEC al momento de realizar la liquidación. La aplicación de este ajuste no requerirá notificación previa individual y la continuidad en el pago de la cuota se considerará como aceptación conforme de la nueva tarifa.

2.4. Plazo

2.4.1. El presente contrato tendrá vigencia mensual luego de transcurridos siete (7) días desde el pago de la primera cuota y se renovará automáticamente con el pago de la cuota correspondiente.

2.4.2. El Cliente se obliga a mantener el servicio por un plazo mínimo de tres meses. Luego, podrá solicitar la baja del servicio notificándolo con una antelación mínima de treinta (30) días corridos, produciendo efectos al cierre del período mensual en curso, sin derecho a reintegro alguno.

2.4.3. No se admitirán solicitudes de baja con efectos retroactivos ni inmediatos con posterioridad a la utilización del servicio durante el mes vigente.

2.5. Registro Obligatorio de Animales

El Servicio se prestará exclusivamente respecto de los Animales de Compañía que el Cliente registre en forma individual. A tal fin, el Cliente deberá suministrar a la Prestadora toda la información requerida por cada Animal para que el personal proceda a la creación de su ficha digital en el sistema de gestión. Cada ficha deberá mantenerse completa y actualizada, asumiendo el Cliente la obligación de notificar fehacientemente cualquier modificación sobre los siguientes datos:

  1. Datos identificatorios y sanitarios del animal: nombre, sexo, edad, tamaño, color, raza o condición de mestizo, estado reproductivo, esquema de vacunación, desparasitación, características particulares y fotografía reciente.
  2. Plan de Suscripción: el plan de cobertura asignado a dicho animal específico.
  3. Fecha de Activación: la fecha a partir de la cual ese animal específico podrá gozar efectivamente de los beneficios, coberturas y prestaciones del Servicio.

La falta de registro del animal, la omisión o falsedad de datos relevantes, o la falta de actualización de la información correspondiente, suspenderán automáticamente la cobertura respecto de dicho animal, sin derecho a reclamo alguno por parte del Cliente. Si el animal contara con microchip de identificación, gozará de beneficios y/o cortesías que se informarán oportunamente.

2.6. Obligaciones de la Prestadora

Son obligaciones de la Prestadora:

  1. Prestar el servicio de atención veterinaria para urgencias y emergencias conforme a las condiciones, alcances, días y horarios establecidos en el presente contrato, luego de haber transcurrido siete (7) días del pago de la primera cuota.
  2. Actuar con diligencia, buena fe y conforme a las reglas del arte veterinario, mediante profesionales habilitados, asumiendo una obligación de medios y no de resultado.
  3. Organizar y administrar el servicio de manera razonable, priorizando la atención de los casos conforme criterios médicos, gravedad y disponibilidad operativa.
  4. Registrar las atenciones efectuadas mediante la confección de una historia clínica veterinaria por cada Animal de Compañía atendido, consignando los datos relevantes de la urgencia o emergencia, las prácticas realizadas y las indicaciones brindadas al momento de la atención. La historia clínica se limitará a la intervención de urgencia o emergencia y no implicará obligación de seguimiento, controles posteriores, tratamientos prolongados ni continuidad asistencial, salvo acuerdo expreso entre las partes o disposición legal en contrario.
  5. Brindar información clara y suficiente al Cliente respecto del funcionamiento general del servicio, sin perjuicio de las limitaciones propias de una atención de urgencia o emergencia.

2.7. Obligaciones del Cliente

Son obligaciones esenciales del Cliente:

  1. Abonar puntualmente la cuota mensual, en la forma, plazo y modalidad pactados, reconociendo que el pago constituye condición esencial para la vigencia del servicio.
  2. Registrar y mantener actualizados los datos de cada Animal de Compañía, incluyendo toda información sanitaria, identificatoria y de contacto relevante, asumiendo responsabilidad por la veracidad y actualidad de los datos suministrados.
  3. Utilizar el servicio exclusivamente para situaciones que califiquen como urgencias o emergencias veterinarias, conforme las definiciones del presente contrato, absteniéndose de solicitar prestaciones que excedan el alcance del servicio contratado.
  4. No ceder, transferir, compartir ni permitir el uso del servicio por terceros, ni respecto de animales no registrados, aun cuando pertenezcan al mismo grupo familiar, salvo autorización expresa de la Prestadora.
  5. Trasladar el Animal de Compañía al establecimiento de la Prestadora en condiciones adecuadas para su atención cuando lo requiera, asumiendo la responsabilidad por su traslado y manejo.

2.8. Exclusiones de la Cobertura

El Servicio no cubrirá, quedando expresamente excluidas de su alcance, las siguientes situaciones y prestaciones:

  1. Animales de Compañía no registrados conforme las condiciones establecidas en el presente contrato.
  2. Consultas de rutina, controles periódicos, chequeos preventivos, vacunaciones, desparasitaciones, castraciones, tratamientos programados o cualquier otra prestación que no revista carácter de urgencia o emergencia. La Prestadora podrá ofrecer esos servicios, con acuerdo del cliente y a precios de mercado.
  3. Enfermedades preexistentes, salvo que las mismas se manifiesten en forma súbita y objetiva como una urgencia o emergencia, conforme las definiciones contractuales. Se considerarán patologías preexistentes aquellas condiciones clínicas, enfermedades o afecciones que se encontraran presentes con anterioridad a la contratación del Servicio, aun cuando no hubieran sido diagnosticadas formalmente.
  4. Prestaciones solicitadas fuera del Horario de Servicio, aun cuando la situación pudiera ser considerada urgente o emergente.
  5. Prestaciones solicitadas antes de la activación del Servicio, aun cuando la situación pudiera ser considerada urgente o emergente. El servicio no cubre cualquier tipo de prestación que sea solicitada entre el pago de la primera cuota y los siete (7) días posteriores.
  6. Derivaciones, atenciones o prestaciones brindadas por terceros prestadores ajenos a la Prestadora.
  7. Cualquier prestación que exceda el alcance limitado y específico del Servicio definido en el presente contrato.

El Cliente reconoce y acepta expresamente que el Servicio no constituye un sistema de cobertura integral, seguro ni medicina prepaga, y que su alcance se encuentra estrictamente limitado a las urgencias y emergencias veterinarias, conforme las exclusiones aquí detalladas.

2.9. Baja y Suspensión del Servicio

Las Obligaciones de la Prestadora podrán extinguirse:

  1. Por falta de pago de la cuota mensual, en cuyo caso la extinción operará de pleno derecho si la mora se mantiene una vez vencido el período mensual correspondiente, sin perjuicio de la suspensión automática del servicio prevista en la cláusula tercera. El Cliente podrá reactivar el derecho a las prestaciones si regulariza la situación de morosidad con anterioridad al vencimiento de la cuota siguiente a la que causó la mora. En el caso de adeudarse dos cuotas seguidas, se producirá la extinción, de pleno derecho y sin necesidad de comunicación alguna, del presente contrato.
  2. Por incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones asumidas por el Cliente o por la Prestadora, cuando dicho incumplimiento afecte la esencia del servicio contratado o su normal funcionamiento.
  3. Por falsedad, inexactitud u omisión relevante en los datos proporcionados por el Cliente, en especial aquellos vinculados a la identificación, estado sanitario o condiciones del Animal de Compañía.
  4. Por uso indebido del servicio, incluyendo —sin carácter taxativo— la utilización respecto de animales no registrados, la cesión a terceros, el uso reiterado para situaciones que no califiquen como urgencia o emergencia, o cualquier conducta que desnaturalice el objeto del contrato.

En los supuestos previstos en los incisos b), c) y d), la Prestadora podrá disponer la extinción del contrato con notificación al Cliente, sin que ello genere derecho a reintegro alguno de las sumas abonadas por el período en curso. La extinción del contrato no dará derecho al Cliente a reclamo alguno por prestaciones no utilizadas, ni afectará las obligaciones ya devengadas entre las partes.

2.10. Domicilios y Jurisdicción

El Cliente constituye domicilio especial en el indicado al momento de su registro, donde serán válidas todas las notificaciones, intimaciones y comunicaciones que se cursen con motivo del mismo, incluidas aquellas realizadas vía correo electrónico, telefónico o de mensajería instantánea, mientras no se notifique fehacientemente su modificación.

Asimismo, para cualquier cuestión judicial derivada del presente contrato, las Partes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios del Distrito Judicial Sur de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.

3. Prestación de Servicios Veterinarios Presenciales

Los siguientes Términos y Condiciones aplican para las atenciones veterinarias presenciales de todos los Clientes, tanto quienes hayan contratado algún Plan de Suscripción como los que no han contratado ningún Plan de Suscripción.

3.1. Obligación de Medios y Riesgo Médico

Toda atención de urgencia o emergencia conlleva un riesgo de vida inherente. La Prestadora asume una obligación de medios y no de resultado, comprometiéndose a actuar con diligencia y conforme a las reglas del arte veterinario para salvaguardar la salud del paciente, sin poder garantizar su recuperación definitiva.

3.2. Criterios de Atención

La atención no se rige por orden de llegada, sistema de turnos, ni estado de suscripción. El servicio priorizará de forma absoluta a los pacientes con casos de mayor gravedad médica, conforme al triage ejecutado por el profesional veterinario a cargo del turno.

3.3. Consentimiento Informado

Para la realización de intervenciones de alto riesgo, cirugías complejas, tratamientos intensivos o procedimientos de eutanasia, será requisito obligatorio que una persona humana responsable firme el consentimiento informado impreso previo a la ejecución de las prácticas.

3.4. Condiciones de Pago

Las atenciones recibidas por pacientes sin cobertura o por pacientes con coberturas menores al 100 % se abonan una vez finalizada la atención.

En casos que requieran internación, el Cliente deberá abonar por adelantado el importe correspondiente a las horas de alojamiento durante el horario de funcionamiento de EVA EMERGENCIAS S. A. S. Las horas de internación o tratamientos que excedan este horario y requieran continuidad en otro establecimiento serán de exclusivo cargo y responsabilidad del Cliente.

3.5. Abandono de Animales en el Establecimiento

Frente a la falta de retiro del paciente por parte de su tutor, la ausencia total de comunicación o el impago deliberado de los honorarios devengados, la clínica procederá a efectuar la denuncia penal y administrativa pertinente por abandono animal ante las autoridades competentes, reservándose el derecho de iniciar las acciones legales para el cobro de la deuda.

4. Privacidad y Protección de Datos Personales

4.1. Tratamiento de Datos

EVA EMERGENCIAS S. A. S. recolecta datos personales, datos de contacto y antecedentes del Animal de Compañía con la finalidad exclusiva de confeccionar la historia clínica, ejecutar la prestación del servicio y realizar la facturación correspondiente.

4.2. Confidencialidad y Terceros

La información sensible recabada no será comercializada. Únicamente se compartirá con terceros en los siguientes escenarios:

  • Derivación del caso a otros profesionales o laboratorios externos, mediando conformidad verbal del Cliente.
  • En situaciones de morosidad prolongada, la empresa se reserva el derecho de tercerizar el cobro de la deuda, facilitando a entidades de cobranza la información estrictamente necesaria para cumplimentar su gestión legal y administrativa.

5. Jurisdicción y Competencia

Para cualquier controversia judicial derivada de la interpretación o ejecución de los presentes Términos y Condiciones, o de la prestación de los servicios veterinarios, las partes se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales ordinarios del Distrito Judicial Sur de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.